ORDENANZA Nº 843/HCD/2003

Villa de Merlo (S.L)  5 DE DICIEMBRE DE 2003.

 

ORDENANZA Nº 843/HCD/2003

 

VISTO:

                        El constante crecimiento de la Villa y, como consecuencia una mayor actividad Legislativa, se hace menester  mejorar el funcionamiento del Honorable Concejo Deliberante  en lo que hace a contralor y funcionamiento; Y

 

CONSIDERANDO:

                       

                   Que  la estructura del Honorable Concejo Deliberante  ha quedado  desactualizada en virtud de los requerimientos que presenta el crecimiento, que los balances del Ejecutivo se deben contralor en tiempo y forma.

                        Que la Comisión de Hacienda del Concejo constantemente se vé sobrepasada.

                        Que el Honorable Concejo Deliberante tiene su propio Presupuesto anual y es necesario confeccionar su propio balance trimestral.

                        Que se debe llevar una administración paralele de recursos y gastos con los que se maneja el Concejo.

 

POR TODO ELLO. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE  MERLO (S.L), EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, SANCIONA LA  SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

Art.1º).-                    Créase el cargo  de AUDITOR CONTABLE dependiente de la Presidencia de este Cuerpo Legislativo.

Art.2º).-                    El mismo revestirá en planta permanente del Honorable Concejo Deliberante  categoría Nº 22 de la administración Municipal.

Art.3º).-                    El destinatario del mismo deberá poseer amplios conocimientos de la Administración Municipal a saber:

a)      Confección de Presupuestos por programa y contralor de los mismos.

b)      Confección de balances trimestrales del Honorable Concejo Deliberante  y control minucioso de los presentados por el Ejecutivo e informe de los mismos.

c)      Llevar al día el libro Banco y conciliaciones con planchas, y deberá ser presentado cada vez que el  Concejo lo requiera.

d)     Deberá llevar en forma ordenada los egresos e ingresos,. Los primeros con sus órdenes de pago correspondientes e imputaciones según Presupuesto.

e)      Tendrá a su cargo el trabajo en conjunto con la comisión de Hacienda y el asesoramiento  de la misma, del Cuerpo y de los Concejales que lo soliciten-.

Art.4º).-                    Se ocupará  de las liquidaciones de sueldos y dietas, transferencias bancarias, control de la ejecución de las partidas de servicios, trámites administrativos contables siendo el nexo entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante.-

Art.5º).-                    Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

 

 

Presidente HCD: Dr. Mario E: Mini

Secretaria Legislativa HCD: Dra. Susana Segura