ORDENANZA Nº 696-HCD-1998

Villa de Merlo, (San Luis), 08 de Octubre de 1998

 

ORDENANZA  Nº 696-HCD-1998

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza presentado a este Concejo por el DEM, referido a la conexión de gas natural, y

 

CONSIDERANDO:

            Que se ha realizado el primer tendido de red de gas natural en nuestra Villa.-

            Que la Municipalidad debe ejercer un poder de control en este tipo de instalaciones a los fines de evitar inconvenientes.-

            Que estos controles hacen viable el cobro de una tasa, debiendo incorporarse el servicio de referencia a la Ordenanza Tarifaria Nº 651 HCD/97, que prevee el cobro de una tasa por derecho de conexión y/o inspección tanto de energía Eléctrica como de Agua Potable.-

            Que la incorporación del derecho de conexión de gas a la referida Ordenanza implica un aumento de los recursos municipales, necesarios para una efectiva prestación de servicios.-

 

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA PRESENTE:

 

ORDENANZA

 

  1. Incorporar en el Art. 43 Capítulo VIII, de la Ordenanza Tarifaria Nº 651 HCD/97, el siguiente apartado:

“Por derecho de conexión de gas natural............................$ 20.”

 

  1. Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.

 

Presidente H.C.D.: Dr. Mario Mini

Secretaria Legislativa H.C.D.: Dra. Susana Segura