O-I-0011-1997 (657) CEDE EN COMODATO A MIRLO PREDIO PARA GRANJA

Villa de Merlo (S.L.) 11  de septiembre de 1997

 

ORDENANZA Nº 657–HCD-1997

 

VISTO:

La nota de la Comisión de Padres y Amigos del Centro de Educación Especial “Mirlo”, solicitando la donación por parte de la Municipalidad de Villa de Merlo de un predio para concretar el “Proyecto Granja”, y

 

CONSIDERANDO:

Que debe darse al Centro la posibilidad de desarrollar sus actividades en un proyecto de crecimiento de la Institución.-

Que los alumnos del Centro deben integrarse positivamente a la comunidad a través de la capacitación laboral.-

Que dicho proyecto permitirá el acceso a un taller protegido de producción para la adaptación laboral.-

Que la Municipalidad de Merlo es titular de dominio de parcelas ubicadas en el Parque Industrial “Eliseo Mercau” ente las cuales se destaca por sus características la Nº 12 de la Manzana 6, que cuenta con un superficie propicia para el desarrollo del Proyecto Granja.-

            

POR TODO ELLO  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

Art.1º).-                    Cédase a la Comisión de Padres y Amigos del Centro de Educación Especial “Mirlo” con carácter de gratuito y a título de comodato una parcela de terreno ubicada en la localidad de Villa de Merlo, partido del mismo nombre, Departamento Junín, Provincia de San Luis, que en el plano de mensura confeccionado por el Agrimensor Mario Álvarez Gristelli y aprobado por la Dirección de Catastro bajo el Nº 6/20/87, el 14 de abril de 1987. Se  designa como parcela 12 de la manzana 6, con las siguientes dimensiones y linderos: mide 122,78m de frente al Sur lindando con calle pública:121,85 m en su costado al Norte donde linda con parcela 3: 157,94m en su costado Este lindando con parcela 6; 163,36m en su costado al Oeste lindando con parcela 13 de la misma manzana y plano, con una superficie de 1ha 9351,12m2.-

Art.2º).-                    La extensión cedida será utilizada para el desarrollo total del Proyecto Granja, siendo este objetivo determinante de la cesión por esta ordenanza efectuada.-

Art.3º).-                    La Comisión de Padres y Amigos del Centro de Educación Especial “Mirlo” efectuará al Ejecutivo Municipal un informe anual sobre el desarrollo de las etapas del Plan Granja.-

Art.4º).-                    Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

 

Vicepresidente H.C.D.: Dra. Maria Cristina Chada

Secretaria H.C.D.: Stella M. H. De Dulcich