O-IV-0035-1998 (710) ADHERIR A LEY DE TRÁNSITO NACIONAL Y PROVINCIAL

Villa de Merlo (S.L.) 22 de diciembre de 1998

 

ORDENANZA Nº 710–HCD-1998

 

VISTO:

Las leyes de tránsito, Nacional Nº 24.449/95 y Provincial  Nº 5068/96; y   

 

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional Nº 24.449 con vigencia en territorio federal, regula toad la materia relacionada al tránsito, y habilita la adhesión de las provincia y municipios a los fines de unificar la legislación en todos los órdenes normativos y de aplicación.-

Que esta Ley ha innovado en la materia, estableciendo en su normativa principios tendientes a garantizar la libertad de tránsito, dar fluidez al mismo, educar y capacitar para el correcto uso de la vía pública, entre otros, incorporando normas de Derecho Público y Privado, cuestiones administrativas y de responsabilidad por daños, constituyendo una unidad que debe ser interpretada y aplicada por todos los poderes del Estado.-

Que en virtud de ello, dicha ley invita a su adaptación a nivel Provincial y Municipal.-

Que la Provincia de San Luis ha adherido a la Ley Nacional y su Decreto Reglamentario, mediante la Ley Provincial Nº 540/97, invitando a las Municipalidades a adherirse a la misma.-

Que en atención a ello y lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nacional Nº 24.449, resulta necesario que en uso de un ejercicio prudente de la competencia municipal en la materia, adherirse a la Ley Nacional y a la Ley Provincial respetando los principios básicos de las mismas.-

       

POR TODO ELLO  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

Art.1º).-                    Adherir a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449/95.-

Art.2º).-                    Adherir a la Ley Provincial de Tránsito Nº 5.068/96.-

Art.3º).-                    Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.-

 

Presidente HCD: Dr. Mario E. Mini

Secretaria Legislativa HCD: Dra. Susana Segura