O-III-0016-2001 (768) PRORROGA PLAZO EMTUR.OC

Villa de Merlo, (S.L.), 22 de Junio de 2001.-

 

 

ORDENANZA  Nº 768-HCD/2001

 

VISTO:

La nota Nº 2113 HCD/2001, presentada a este Concejo por el Ente Mixto Merlino de Turismo; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Ente Mixto Merlino de Turismo no ha concluido con el estudio de la estructura, funciones y financiamiento definitivo que posibiliten cumplir eficientemente con los objetivos para los que fuese creado.

Que se hace necesario aunar esfuerzos con el Departamento Ejecutivo y este Cuerpo Deliberativo a fin de consensuar la política de financiamiento más apropiada de manera que satisfaga y beneficie a todos los sectores.

Que para alcanzar los objetivos enumerados en los considerandos mencionados se debe dar a las autoridades del ente un tiempo prudencial que les permite avanzar en el análisis de los distintos aspectos con seguridad.

 

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

Art.1º).-                    Prorrógase el plazo de vigencia del EMMTUR establecido en el Art. 2º, apartado 3 de la Ordenanza Nº 748-HCD/00, por el término de 90 días a partir del 15 de junio de 2001.

Art.2º).-                    Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.