O-III-0014-2000 (749) CREA EMTUR

Villa de Merlo, (S. L.), 22 de setiembre de 2000

 

ORDENANZA  Nº 749-HCD-2000

 

VISTO:

            El Proyecto de Ordenanza presentado a este Concejo por el Departamento Ejecutivo Municipal referido a la creación del “Ente Mixto Provisorio para el Desarrollo Turístico de Villa de Merlo, y

 

CONSIDERANDO:

            Que para la Villa de Merlo la actividad turística reviste una enorme importancia y por ello, de una u otra manera, el desarrollo socioeconómico de la  comunidad merlina tiene una directa vinculación con  la misma.-

Que en razón de esta situación el Departamento Ejecutivo Municipal creó la Secretaría de Turismo, Desarrollo e Inversiones, otorgando de esta manera a esa área de acción una mayor jerarquía acorde con la realidad.-

Que existen en nuestra ciudad una serie de asociaciones intermedias y de figuras de similar integración, conformadas por diversos sectores de la sociedad merlina.-

Que la Secretaría de Turismo, Desarrollo e Inversiones, elaboró un plan de trabajo denominado “Bases para la Elaboración de un Plan Estratégico para el Desarrollo Turístico de Villa de Merlo”, que fuera presentado el 12 de abril del corriente año en una reunión de la que participara una importante cantidad de vecinos de la Villa, muchos de ellos prestadores de servicios turísticos.-

Que entre los objetivos de corto plazo de ese Plan se incluyó la necesidad de conformar “las entidades intermedias no constituidas y el fortalecimiento de las existentes” y “en base a ello analizar la integración de una estructura mixta para potenciar el desarrollo turístico”.-

Que entre los objetivos de corto plazo de ese Plan se incluyó la necesidad de conformar “las entidades intermedias no constituidas y el fortalecimiento de las existentes” y “en base a ello analizar la integración de una estructura mixta para potencial el desarrollo turístico”.-

Que en esa reunión se aprobaron de manera consensuada y ampliamente mayoritaria las propuestas incluidas en el Plan.-

Que en base a ello y por decisión de los presentes, se crearon distintas Comisiones de Trabajo para elaborar proyectos de Política Turística. Que entre esos proyectos, elevados a la Secretaría de Turismo, Desarrollo e Inversiones, surgen de manera destacada los denominados. “Segunda Etapa/ Principales Acciones y Actividades Propuestas por la Secretaría de Turismo, Desarrollo e Inversiones y las Comisiones de Trabajo/ Septiembre 2000-Abril 2001/ Breve Resumen” y otro que aconseja la creación de un “Ente Mixto Provisorio para el Desarrollo Turístico de Villa de Merlo”.-

Que las propuestas consideradas resultan un resorte fundamental y necesario para optimizar la actividad turística en nuestra ciudad y con esto propender al mejoramiento sostenido del desarrollo económico y social e toda la comunidad.-

 

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO-SAN LUIS-EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

 

Art.1º).-                    Crease en la localidad de Villa de Merlo, Provincia de San Luis, el ENTE MIXTO Provisorio para el Desarrollo Turístico de Villa de Merlo, que es una entidad conformada por los Sectores Público y Privado de la comunidad merlina y que se regirá por los siguientes principios:

 

Art.2º).-                    OBJETIVOS:

1.-      Propender al Desarrollo Turístico de la Villa de Merlo y a la difusión de las acciones que ello implique en la localidad. En definitiva: administrar la aplicación de las Políticas Turísticas de la Ciudad.-

2.-      En especial dar cumplimiento al Plan de Acción denominado “2da. Etapa” (Anexo I, Fojas dos (2)), que forma parte del Presente y que fuera elaborado por la Secretaría de Turismo, Desarrollo e Inversiones y las Comisiones de Trabajo creadas a partir del 14/04/000 y que deberá considerarse como marco de la política turística hasta el 30/04/01. El ENTE podrá modificar, fijar prioridades y/o adaptaciones a las acciones previstas en ese Plan.

3.-      Aunque es decisión firme que esta figura, ampliamente participativa, tenga continuidad en el tiempo y, con los fines de aprovechar las experiencias iniciales en su funcionamiento, este ENTE tendrá carácter de “provisorio” y finalizará, con tal denominación, su actividad el 30/04/01.-

4.-      Antes del día 31 de marzo de 2001, el ENTE PROVISORIO deberá, además de lo indicado especialmente en los puntos 1 y 2 de este artículo, presentar para su sanción por el Honorable Concejo Deliberante una propuesta de estructura de funcionamiento del ENTE “DEFINITIVO” y el PLAN ESTRATEGICO PARA EL DESARROLLO TURISTICO DE VILLA DE MERLO.-

 

Art.3º).-                    AUTORIDADES Y FUNCIONAMIENTO:

Las autoridades del ENTE integran un CONSEJO DE ADMINISTRACION conformado de la siguiente manera:

PRESIDENCIA: Será ejercida por la Autoridad Municipal del Área de Turismo, propuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal, ad- referéndum del Honorable Concejo Deliberante.

CONSEJEROS: Un (1) Consejero Titular y uno Suplente, en representación de otra área del Departamento Ejecutivo Municipal, propuesto por éste y ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante.

Dos (2) Consejeros Titulares y dos (2) Suplentes, en representación del Honorable Concejo Deliberante, uno por la mayoría y otro por la minoría.

Uno (1) Consejero Titular y uno suplente en representación de cada una de las entidades intermedias que aceptan conformar el ENTE.

Dos (2) personas representativas de la comunidad merlina y, por alguna razón, vinculadas a la actividad turística, propuestas por la Presidencia y cuya nominación deberán ser aceptadas por el resto de los Consejeros.

En caso de imposibilidad de cualquier Consejero Titular y su respectivo Suplente, en forma simultanea y transitoria, la entidad intermedia a la que representa podrá designar a otra persona para que los reemplacen.

Es misión indelegable de la Presidencia la Representación Oficial del ENTE.

Cada Consejero tendrá derecho a un (1) voto.

Los Consejeros suplentes se incorporarán solo en ausencia del titular respectivo y de manera automática.

El Presidente tendrá derecho a un voto solamente en caso de empate.

El Presidente ejercerá ese carácter en todas las reuniones del Consejo de Administración.

El ENTE redactará en el término de veinte (20) días hábiles, a partir de la promulgación de la presente, su propio Reglamento Interno, el que incluirá, entre otras cuestiones: distribución de funciones, responsabilidades y cargos, creación de comisiones de trabajo, calendario de reuniones, obligatoriedad de asistencia a las mismas.

Las entidades intermedias que integran el ENTE deberán presentar antes del 15/10/00 la siguiente información:

·         Elementos que prueben su personería jurídica o que la misma se encuentra en trámite

·         Listado de integración de adherentes y/o asociados, con los respectivos datos filiatorios y firma de cada uno de ellos.

·         Listado de autoridades.

 

Art.4º).-                    ADMINISTRACION DEL ENTE:

El ENTE es una entidad económica y financieramente autónoma y determinará su  forma de financiamiento sobre la base de la propuesta “Ente Mixto Provisorio para el Desarrollo Turístico de Villa de Merlo, (Anexo II, fojas cuatro ($) que forma parte de la presente y que fura presentada junto con la “2da. Etapa” y aceptada por entidades intermedias y adherentes interesadas en la integración del ENTE.

Los recursos que determine y obtenga el Ente, serán administrados exclusivamente por éste debiendo a tal efecto proceder a la apertura de cuenta/s bancaria/s propia. Los titulares de esa/s cuenta/s serán designados por el Consejo de Administración del ENTE.

Los valores que impliquen esos aportes serán propuestos por el ENTE al Honorable Concejo Deliberante y su pre-determinacion será efectuada con un sano criterio de equidad, pudiendo tomar como base para ello las tareas llevadas a cabo por las Comisiones de Trabajo respectivas.

La administración del ENTE será llevada adelante por el CONSEJO DE ADMINISTRACION con la colaboración obligatoria de un Profesional en Ciencias Económicas, designado por las autoridades del ENTE, y contratado a tal efecto.

La Municipalidad de la Villa de Merlo, a pedido de las autoridades del ENTE y con el propósito de colaborar en una primera etapa, podrá emitir y distribuir el /los elemento/s de cobranzas de aportes a todos los obligados.

 

Art.5º).-                    ENTIDADES INTEGRANTES:

Como Anexo III, foja (1) se incluye el listado de Entidades que han manifestado su acuerdo en participar del ENTE.-

 

Art.6º).-                    Derógase la Ordenanza Nº 413/HCD/88 y toda otra que se oponga a la presente.

 

Art.7º).-                    Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

 

Presidente HCD: Dr. Mario E. Mini

Secretaria Legislativa HCD: Stella M. F. de Dulcich        

 

ANEXO I

SEGUNDA ETAPA

PRINCIPALES ACCIONES Y ACTIVIDADES PROPUESTAS POR LA SECRETARÍA DE TURISMO, DESARROLLO E INVERSIONES Y LAS COMISIONES DE TRABAJO SEPTIEMBRE 2000/ ABRIL 2001

BREVE RESUMEN

 

  1. POSICIONAMIENTO, DIFUSION Y COMERCIALIZACION DEL DESTINO Y PRESTADORES EN LOS PUNTOS DE EMISION TURISTICA.

Acciones en y con:

a.     Prensa (Campaña)

b.    Publicidad (Campaña)

c.     Operadores Turísticos y otros intermediarios en la comercialización turística (Preselección/ Contactos/ Negociación).

d.    Sitio Web Propio- Ubicado en los Servidores y Portales mas adecuados

e.     Casa de Merlo en Buenos Aires

f.     Convenios marco con mutuales, sindicatos, colegios de profesionales, municipios turísticos, empresas, otros, etc.

 

  1. CONCIENTIZACIÓN

 Continuar y reforzar acciones.

 

  1. CAPACITACIÓN

Continuar y reforzar acciones. Especialmente cursos de calidad de atención al huésped y marketing sostenido. Fundamentalmente para ser incluidos en 1.f.

 

  1. ORDENAMIENTO Y REGLAMENTACIONES

Eliminar oferta informal. Reestructurar tarifaria del sector. Privilegiar mano de obra y servicios locales. Acuerdos con otros municipios turísticos.

 

  1. CONTROL Y FISCALIZACION

Hacer cumplir (4)

 

  1. MEJORAMIENTO Y AMPLIACION OFERTA

-    Con capacitación (punto 3)

-    Senderos, bicisendas, mountain bike, etc., (útiles para turistas y emergencias)

-    Eventos deportivos y culturales. Poner en valor los existentes. Crear nuevos

-    Comarca. Avanzar en su concreción.

-    Otros

 

  1. APOYO EN ASESORAMIENTO Y GESTION DE FINANCIAMIENTO

 

 

  1. SECTURNACION

Solicitar apoyos institucionales.

                                         

  1. SECTUR PROVINCIA

Idem anterior.

 

  1. ENTE O CONSEJO MIXTO (Sector Municipio + Sector Privado)

Administra el proyecto

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

ENTE O CONSEJO MIXTO PARA LA PROMOCIÓN TURÍSTICA DE VILLA DE MERLO

(ESTRUCTURA “ENSAYO PROVISORIO”, Basado en el ENTUR de Mar del Plata)

Para Administrar la Propuesta “2º Etapa”

 

  1. PLAZO DE VIGENCIA:

 

Septiembre 2000-Marzo/Abril 2001

 

  1. OBJETIVOS PRIORITARIOS:

 

a)              Ensayar una Estructura Mixta (Municipio +Representantes del Sector Privado) para administrar las acciones incluidas en “la 2da. ETAPA”, que han sido desarrolladas sobre las “BASES PARA LA ELABORACION DE UN PLAN ESTRATEGICO PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LA VILLA DE MERLO” por la Secretaría  de Turismo, Desarrollo e Inversiones y las Comisiones de Trabajo creadas en base a esas “Bases”.

b)             Acordar la forma de financiamiento para su actividad (Anexo 2: Financiamiento, Aportes y Alicientes)

c)              Antes de finalizar su acción eL ente “PROVISORIO” deberá:

          Haber redactado en PLAN ESTRATEGICO PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO para la VILLA DE MERLO DEFINITIVO, que deberá confirmar o no la validez (y su eventual continuidad, con o sin cambios) del ENTE, que pasará también a ser definitivo.

 

  1. IMPORTANTE:

El ENTE funcionará de manera autónoma, con cuenta bancaria propia y todo lo relacionado con los dineros, productos y servicios que deba administrar lo serán bajo la responsabilidad y colaboración de un C.P.N. contratado por el ENTE para ello.

 

PROPUESTA CONSTITUCION PARA EL ENTE

PRESIDENTE:

Representante del ÁREA DE TURISMO (1)

CONSEJEROS:

 Representante del ÁREA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS (1),

Representantes del HCD (2),

Representantes DESIGNADOS POR LAS ENTIDADES INTERMEDIAS DE VILLA DE MERLO. Con Personería Jurídica y/o en actividad, y/o integradas por una porción altamente representativa de la oferta legalmente existente de cada sector o especialidad. (uno por entidad (3))

SECRETARIO/A EJECUTIVO/A (*)(1)

(1)   Designados por el DEM con acuerdo del HCD

(2)   Designados por el HCD

(3)   Designados por cada entidad

(4)   Designados por los consejeros anteriores, o sea los que resultaran designados por (1), (2) y (3).

Todos los cargos serán honorarios, excepto (tal vez) (*)

NOTA: Las Comisiones de Trabajo pasas a colaborar con el ENTE o CONSEJO.

 

FINANCIAMIENTO- APORTES- ALICIENTES

El financiamiento para este proyecto será aportado por el Sector Publico y el Sector Privado, sus lineamientos básicos son:

APORTES DEL SECTOR PÚBLICO

o   Municipio de la Villa de Merlo

o   Dinerarios: directos (derivados del presupuesto del Área Turismo), indirectos (derivados de recaudaciones de eventos, sorteos, rifas, etc.),

o   Gestión: obtención de apoyos y/o subsidios de organismos públicos (Nación /Provincia) y privados (sponsoreo de las acciones).

 

o   Provincia de San Luis (No integra el ENTE)

o   Apoyo en campañas de promociones turísticas y en particular, para la participación en ferias, work shops, exposiciones y otros eventos.

 

o   Secretaría de Turismo de la Nación (No integra el ENTE)

o   Apoyos en las campañas de Prensa y Publicidad, en los Planes Emplear Turismo, en los Programas de Concientizacion y Capacitación, en los contactos con Operadores y Canales de Comercialización, en los Programas de Financiamiento de Inversiones, etc.

 

APORTES DEL SECTOR PRIVADO

o   Villa de Merlo

o   Dinerario: a determinarse de manera equitativa entre:

§  Prestadores Turísticos

§  Otros Comercios

§  Otros Servicios Privados y Públicos

§  Vecinos (dueños de propiedades de valor medio y alto)

o   No Dinerarios: descuentos para (por ejemplo) traslado de visitantes por Fam Tur, Operadores, Campañas de Prensa, etc.

o   Ex Villa de Merlo

o   Aportes de diversos tipos de sponsors.

 

ALICIENTES

Los prestadores de servicios turísticos que efectúen aportes tendrán los siguientes alicientes:

o   Ser incluidos en las guías y otros materiales de promoción que se entreguen en los centros de emisión turística. Todos los prestadores serán incluidos en los materiales que se entreguen en Merlo, pero los que adhieran a la propuesta resultarán destacados con relación al resto.

o   Tener presencia en Work –shop, Ferias, Exposiciones, etc.

o   Tener presencia en la Casa de Merlo en Bs. As.

o   Tener preferencia para participar entre los prestadores que efectúen acuerdos con mutuales, asociaciones, sindicatos, colegios de profesionales, empresas, etc., que previamente hayan firmado “Convenios Marco” con el Municipio.

o   Quedar identificados con material gráfico (por ejemplo, calcos en establecimientos, vinculas, etc.) como prestadores de servicios que aportan al proyecto.

o   Participar de una nueva estructura de “Recomendación Cruzada” entre los intervinientes con descuentos, bonificaciones, atenciones, etc., (membresía).

o   Quedar identificado en las guías y otros materiales por  igual condición.

o   Participar en sorteos con importantes premios.

o   Ventajas para los que participen desde el comienzo respecto a aquellos que se incorporen con posterioridad (ejemplo: menor aporte)

o   Ventajas para realizar el total de aportes del período de manera anticipada.

o   Oficina receptiva y de gestión de cupones de tarjetas de créditos.

o   Otros alicientes a determinar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO III

ENTIDADES DE VILLA DE MERLO INTEGRANTES DEL ENTE MIXTO

 

  1. Asociación de Casas de Alquiler Temporario
  2. Agrupación Baqueanos Orco Molle
  3. Agrupación Turismo Valle del Sol
  4. Asociación de Campings.
  5. Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica.
  6. Centro Vecinal Cerro de Oro.
  7. Asociación de Profesionales en Turismo.
  8. Cámara de Comercio.
  9. Cámara Inmobiliaria.
  10. Colegio de Arquitectos.
  11. Club del Trueque.
  12. Circuito de Talleres Artesanales de Los Comechingones.